?TIENES PERRO? ...A PAGAR. ¿TIENES GATO?...A PAGAR. ¿TIENES UN HAMSTER?...A PAGAR....
¿TIENES UN PERRO COMO ANIMAL DE COMPAÑÍA y no lo tienes declarado en el Ayuntamiento?.......A PAGAR..
¿TIENES UN GATO y no lo tienes declarado en el Ayuntamient?...A PAGAR....
¿TUS HIJOS TIENEN UN HAMSTER y no lo tienes declarado en el Ayuntamiento ?...A PAGAR....
¿LA ABUELITA TIENE UN GATO y no lo tiene declarado en el Ayuntamiento?...A PAGAR...
Queda prohibido la tenencia de aves de corral, conejos, palomas y otros animales de cría en las zonas residenciales y en los núcleos urbanos del Municipio.
BARRA LIBRE PARA DENUNCIAR:
"Artículo 8.- Denuncia.
Los agentes de la autoridad y cuantos ciudadanos puedan presenciar hechos que vulneren las prohibiciones expresadas en estas normas generales o puedan conocer situaciones contrarias al contenido de esta Ordenanza, tienen el derecho y el deber de denunciar a los posibles infractores."
OBLIGATORIA LA INSCRIPCIÓN EN EL CENSO MUNICIPAL:
Artículo 12.- Inscripciones en el censo.
1. La posesión o propiedad de perros, gatos y cualquier otro animal de compañía, que vivan habitualmente en el término municipal de Casarrubios del Monte, obliga a sus propietarios a inscribirles en
el Censo Municipal de Animales, en el plazo máximo de tres meses desde la fecha de su nacimiento o deun mes después de su adquisición. Igualmente obliga a estar en posesión del documento que lo acredite.
SACRIFICIO ANIMAL
Artículo 27.- Sacrificio.
1. Los animales que no hayan sido retirados por sus dueños ni cedidos en los plazos previstos podrán ser sacrificados, siempre por procedimientos eutanásicos que impliquen el mínimo sufrimiento y provoquen una inmediata pérdida de conciencia.
ES NECESARIO QUE LOS INTERESADOS/AFECTADOS CONOZCAN LA ORDENANZA Y LA CUMPLAN.....
- Anunciante : AYUNTAMIENTO DE CASARRUBIOS DEL MONTE
- Resumen/Asunto : Aprobación definitiva de modificación de la Ordenanza municipal reguladora de la protección de animales domésticos y su tenencia